Sociedad

                               Reparación por un femicidio


 Por Mariana Carbajal
La Justicia salteña condenó al Estado provincial a pagar una indemnización por daño físico y moral de más de un millón de pesos a una adolescente de 18 años, sobreviviente de violencia de género, por la inacción policial en la prevención de los hechos. Abogadas especializadas en el tema destacaron los alcances de la sentencia, que sienta un precedente importante en relación con la reparación de las víctimas de violencia machista y la responsabilidad que tiene el Estado para proteger la vida de las mujeres (ver aparte). En los últimos tres años hubo 37 femicidios en la provincia de Salta, de acuerdo con un registro de los casos publicados en la prensa que lleva adelante el portal laotravozdigital.com desde septiembre de 2008.
Vanina tenía 12 años cuando el 28 de agosto de 2004 su papá, Alberto Yapura, la atacó y luego mató a su madre y a sus dos hermanitos. El caso conmocionó a la sociedad salteña. Rosana Alderete, madre de Vanina, había realizado varias denuncias contra su esposo por maltratos y amenazas en la seccional del barrio Campo Castañares, donde vivía, en la ciudad de Salta. En la sentencia, la jueza en lo Correccional y de Garantías Mónica Faber evaluó que el Estado tuvo responsabilidad en la feroz agresión –cuyas secuelas todavía padece Vanina– porque quedó en evidencia que la subcomisaría de Castañares no actuó como correspondía. Faber detalló que, de acuerdo con los testimonios de tres policías que declararon en el juicio, la seccional tenía sólo un oficial por turno para patrullar, tomar denuncias y hacer notificaciones, entre otros trámites. Los uniformados también declararon que desconocían la Ley de Violencia Familiar 7202 que establecía la obligación de asistir a las víctimas y que nadie los había capacitado al respecto. Además relataron que debían pedir un turno en la Jefatura de Policía, ubicada en el centro de la ciudad, para sacar fotocopias, ya que no tenían dinero para pagarlas. Una de las faltas que cometieron en la dependencia fue no haber mandado una copia de la denuncia al defensor de Menores para que interviniera, tal como había ordenado el 4 de agosto de 2004 el juez de Instrucción Sumaria de Tercera Nominación luego de la segunda denuncia de la mujer. El ministro de Gobierno, Seguridad y Derechos Humanos de la provincia, Maximiliano Troyano, adelantó que apelará el fallo como habitualmente ocurre.
En la causa, además de reclamar una indemnización, estaba acusado por incumplimiento de los deberes procesales el policía José Abraham Martínez, quien debió encargarse de las denuncias. Si bien Martínez quedó absuelto por el beneficio de la duda, la jueza Faber consideró probada la falta del Estado. Faber concluyó que la muerte de la mujer y los dos chicos podría haber ocurrido igual si se tomaban medidas preventivas, pero en ese caso, el Estado no hubiera sido responsable. “No es preciso demostrar la culpa del funcionario para que sea viable el deber estatal de resarcir por falta de servicio, sí lo es acreditar la falta o culpa del sistema administrativo o de la organización administrativa”, dice la sentencia.
“Quedaron expuestas las fallas en el servicio del Estado. Creo que esta decisión va a sentar jurisprudencia”, dijo el abogado de Vanina, Oscar Juárez. La joven vive con su abuelo y cursa el primer año de Derecho. Vanina está bajo tratamiento psicológico y todavía requiere intervenciones quirúrgicas por las secuelas de la terrible agresión que sufrió. Tiene cicatrices de las lesiones en el cuello, el brazo y el abdomen. La noche del ataque una amiga de la madre la encontró tirada en el pasto cubierta por una frazada y le preguntó qué había pasado. Ella le contestó: “Mi papá me mató, mató a mi mamá y a mis hermanos”. Yapura, su padre, fue condenado a prisión perpetua.
El abogado de Vanina expresó su desacuerdo con la decisión del gobierno de apelar. “Si apelan, están en su derecho. Pero de esta manera queda nuevamente en evidencia el desinterés del Estado con respecto a Vanina, que quedó a cargo de sus abuelos, de escasos recursos”, señaló.

Opiniones de especialistas


“Hay responsabilidad del Estado, porque lo que el Estado nos debe es un sistema integral de respuesta para los casos de violencia. Y eso requiere, entre otras cosas, un sistema de registro unificado, una comunicación y coordinación adecuada para responder en tiempo y forma”, señaló Natalia Gherardi, directora del Equipo de Justicia y Género (ELA). “¿Por qué la intervención de la Justicia estaba sujeta a recibir las fotocopias de las denuncias policiales? Porque la Justicia y la policía no están conectadas. Distinto sería si hubiera un sistema informático con las denuncias al que tuvieran acceso los jueces”, advirtió Gherardi.
“Este fallo deja en claro la responsabilidad que tiene el Estado respecto de la vida de las mujeres”, consideró Perla Prigoshin, de la Comisión Nacional Coordinadora de Acciones para la Elaboración de Sanciones de la Violencia de Género (Consavig). Susana Chiarotti, directora del Instituto de Género, Derecho y Desarrollo (Insgenar), de Rosario, agregó: “Es hora de que el Estado indemnice por la falta de diligencia en la prevención del femicidio y filicidios. La excusa de la falta de recursos ya no es aceptable”.
Chiarotti recordó que en la sentencia por los femicidios de Ciudad Juárez contra el Estado mexicano, la Corte Interamericana de Derechos Humanos planteó que la negligencia del Estado y la falta de diligencia en la prevención de los delitos ameritaba la reparación. “En este caso las víctimas están muertas, pero queda el resto de esa familia que quedó desmembrada. El monto asignado es modesto. Nunca cubrirá la pérdida de una madre y dos hermanos. Pero simbólicamente es importante.”


                                                                             

                                     Orfandad anunciada
Por Mariana Carbajal
Al menos 174 niños y niñas quedaron huérfanos en los primeros diez meses del año, luego de que su madre fuera asesinada por el hecho de ser mujer. El dato surge de un informe realizado por primera vez por el Observatorio de Femicidios en Argentina dirigido por La Casa del Encuentro, a partir de los casos publicados en agencias y diarios de todo el país. Y pone en evidencia otro costado del impacto de la violencia machista. “Crónica de una orfandad anunciada” es el título del trabajo que refleja el drama, y que fue elaborado por el equipo integrado por Silvia Lommi, Norma Stola y Ada Beatriz Rico.
Las historias se repiten, cambiando los nombres, las edades, los lugares, dice el informe. “Los hijos e hijas de estas mujeres asesinadas por sus parejas o ex parejas son las víctimas más vulnerables, las más olvidadas y las menos visibles de la violencia de género. Niños, niñas y adolescentes, que no pueden hacer otra cosa que soportar la violencia, finalmente se encuentran con la cruel realidad de no tener a su mamá porque fue asesinada por ese hombre que puede ser el padre o el compañero de su madre”, indicó Rico. Las expertas advierten sobre el impacto altamente traumático para la vida de estos niños y niñas con síntomas asimilables al “estrés postraumático o depresión”. “Algunos de sus múltiples efectos se evidenciarán en el área emocional, tales como la dificultad en el control de expresiones de agresión, sentimiento de indefensión e impotencia y miedo; en lo social se dificultará la comunicación y el establecimiento de vínculos estrechos; en lo cognitivo, dificultades en la atención y concentración”, señaló Lommi.



                                                 Con el monte de testigo

Mirtha C. tenía 19 años cuando parió sola a su hija en medio del monte tucumano. Había ocultado su embarazo hasta ese momento como si así hubiera podido negar su existencia. Apenas recuerda el momento en que decidió dejar sobre la tierra a la recién nacida y caminar hasta la comisaría más cercana. Fue condenada a ocho años de prisión por ese abandono después de un juicio plagado de fallas procesales y de violencias contra la acusada. “Si hubiera podido pedir ayuda, aunque sea al verdulero de la esquina, lo hubiera hecho”, dijo Mirtha para graficar su desprotección en una provincia donde el acceso a la salud sexual y reproductiva es poco más que letra muerta.

   
Por Roxana Sandá
Mirtha C. recuerda con bastante certeza el momento en que parió sola a su beba sobre la tierra de un campo de Tucumán, en 2006, pero nunca pudo precisar de qué manera cortó el cordón umbilical que la unía a su hija ni cuándo sintió el impulso de dejarla en el lugar para recurrir en estado de shock a la comisaría más cercana y denunciar por desesperación y vergüenza que había sido víctima de un ataque sexual. A las pocas horas, el servicio médico del hospital adonde la trasladaron certificó que las lesiones indicaban un parto reciente. La joven de entonces 19 años admitió lo sucedido y reveló dónde se encontraba la niña, que fue rescatada con vida pero que más tarde falleció por “ruptura hepática traumática”, que podrían haberle causado las técnicas de reanimación empleadas. Nunca se realizaron las pericias para determinar las causas de muerte. Sin embargo, cuando le imputaron el hecho le comunicaron que su hija perdió la vida por el abandono sufrido y por no haber recibido atención posnatal.
Sufrió dos años de prisión preventiva, la negación de su novio a reconocer que sabía de ese embarazo y que él era el padre de la criatura –la Justicia no ordenó los estudios correspondientes para establecer la filiación–, el rechazo de un sinnúmero de abogados que no querían defender a “una asesina de bebés” –hasta que conoció a la penalista Carolina Epelbaum, dispuesta a representarla de inmediato en forma gratuita– y el retraimiento de una familia desmembrada desde que el padre de Mirtha abandonó a su madre, a su hermana y a ella con apenas cinco años. Creció en el pueblo de Taco Ralo, las niñas durmiendo en una habitación con el abuelo que abusó de ellas hasta los 14 años, y la madre en la pieza de al lado, junto a un hombre al que llamaban “tío”. Para escapar de ese círculo, en 2005 cursó la licenciatura en Trabajo Social en San Miguel de Tucumán, y al quedar embarazada ocultó aterrada la novedad y los cambios de su cuerpo hasta el desenlace.
Esta semana, la Sala II de la Cámara Penal la condenó a ocho años de prisión por “abandono de persona calificado por muerte y agravado por el vínculo”, al cabo de un proceso plagado de irregularidades desde su inicio, en medio de audiencias de una violencia verbal y conceptual inusitada por parte de la fiscal a cargo, Marta Jerez de Rivadeneira, que solicitó la pena máxima de 15 años por abandono seguido de muerte. En su alegato, puso en duda el abuso al que fueron sometidas las hermanas desde pequeñas “porque el abuelito (sic) está muerto y ya no puede defenderse”, acusó a Mirtha de mentirosa “porque nunca podría haber parido sola en el monte” y definió “la incapacidad de la condición humana para reproducirse en condiciones naturales. Sólo se puede parir en un sanatorio, con ayuda médica y con un marido que te sostenga la mano”. La abogada Carolina Epelbaum adelantó a este suplemento la presentación de un recurso ante la Corte provincial para anular la sentencia “por inobservancia de normas del Código Procesal, aplicación errónea de normas del Código Penal y la violación de principios constitucionales como consecuencia de la calificación, a mi criterio, incorrecta del hecho, por la muerte traumática que sufrió la beba, algo que jamás le imputaron a Mirtha.”